Resolución sobre pagos a proveedores

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Publicamos ésta nota dado que el pasado viernes día 31/12/2010 fue publicada en el BOE la Resolución del ICAC sobre la información a incorporar en la Memoria referente a pagos a proveedores en operaciones comerciales.

La nueva ley de morosidad, Ley 15/2010 de 5 de julio, establece que hay determinada información a incluir al respecto en la memoria de las cuentas anuales del ejercicio 2010.

Ésta obligación afecta a todas las empresas, tanto formulen cuentas normales, abreviadas o conforme al Plan de Pymes. Igualmente ha de incluirse la información en la formulación de cuentas consolidadas.

Debido a la premura desde la promulgación de la Resolución, os informamos que en la Disposición Transitoria Segunda de la misma se establece que el ejercicio 2010 constituye ejercicio inicial en éste aspecto.

Dado el carácter de ejercicio inicial del 2010 sólo hay que informar del importe del saldo pendiente de pago a los proveedores, que al cierre del ejercicio acumule un aplazamiento superior al plazo legal de pago.

Ya que la Ley 15/2010 ha sido publicada el 5 de julio y ha entrado en vigor el 7 de julio, la información sólo se aplica a los contratos celebrados después de la entrada en vigor de la norma.

En la norma se establece un período transitorio, siendo, en el ejercicio 2010, el plazo de 85 días desde la recepción de la mercancía o del servicio, salvo que los bienes sean perecederos, en cuyo caso el plazo es de 30 días.

En los próximos días incorporaremos a los apartados de los distintos modelos de Memoria las modificaciones y requisitos establecidos en ésta Resolución.

Acceso a la Resolución del ICAC

 

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